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Autor(es) Valdés Dal-Ré, Fernando
, ISBN:9788498369168.
Editorial Comares
465 páginas, 1ª edición,
En distribución desde febrero 2012,
INDICE
Precio:
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En 1898, el matrimonio Webb publicaba La democracia industrial, una de las obras fundacionales de ese área de conocimiento e investigación que, no mucho más tarde, habría de identificarse como industrial relations. Fue éste un estudio que, como habría de sentenciar casi medio siglo después Lord Beveridge, constituyó «un ejemplo de ciencia política y de sociología basado no en teorías, sino en la descripción y análisis de las instituciones». Reflexionando sobre las funciones del sindicato, Sydney y Beatrice Webb constataron que el denominado por ellos «método del convenio colectivo» había «suplantado, de uno u otro modo, al antiguo contrato individual entre patrón y trabajador», instalando en el baúl de la memoria esa «casi unánime» idea, que venía siendo defendida y aplicada con anterioridad por los empresarios, a tenor de la cual estos pagarán «a cada trabajador según su necesidad o mérito, y no tratarán con nadie más que con (sus) propios operarios».
Las palabras escritas por Sydney y Beatrice Webb han logrado conservar, más de cien años después, todo su vigor y rigor descriptivos. Al margen de las particularidades de los sistemas europeos de relaciones laborales, las cuales traducen con apreciable fidelidad la pluralidad de los factores que inciden en esos sistemas y la diversidad con que los mismos interactúan entre si en sentido tanto diacrónico como sincrónico; dando de lado todo ello, digo, la negociación colectiva sigue siendo el principal instrumento de regulación de condiciones de trabajo, habiendo logrado erigirse, adicionalmente y con el transcurso del tiempo, en la columna vertebral de esos sistemas, en el eje en el que converge y por el que transita la densa y compleja problemática que gobierna no solo ni tanto el mercado de trabajo sino, además y con mayor alcance, uno de los más arraigados y persistentes conflictos que atraviesa la formación social de nuestros días: el conflicto que enfrenta, de manera a veces latente y contenida y en otras abierta y liberada, a quienes son titulares de las organizaciones de producción de bienes o prestación de servicios y a quienes tienen como preferente o único patrimonio su fuerza de trabajo.
A pesar de los constantes embates que ha debido sufrir a lo largo de su aplicación, embates estos intensificados en las dos últimas décadas a resultas, en gran medida, de la renovación ideológica y política que las tesis neoliberales han aportado al capitalismo, la negociación colectiva ha terminado por convertirse en una pieza insustituible en la configuración y funcionamiento de las economías sociales de mercado. La respuesta a quienes hoy pretenden en nombre de una omnisciente «eficiencia económica» invertir el sentido de la historia, proponiendo ahora, sin disimulo ni vergüenza alguna, la suplantación del método negocial por el antañón método normativo individual, exige, antes de nada, un giro en el enfoque metodológico o, por mejor decirlo, en el terreno mismo del debate, transfiriéndolo desde el parcial ángulo que suministra la economía al más general que ofrecen los valores de un sistema de convivencia democrática. Desde este ángulo de análisis, la negociación colectiva —y la afirmación es también predicable del sindicato— no es una simple, complicada y en ocasiones incómoda herramienta de gestión del mercado de trabajo y de la propia organización de trabajo. Una y otro son, ante todo y sobre todo, dos de las más relevantes instituciones que se encargan de adjetivar como social a la economía de mercado, procurando dotarla de unos principios de justicia y de libertad. En su condición de nutriente de la economía social de mercado o, si se prefiere, del orden político democrático, la negociación colectiva no puede ser entendida y tratada como un remedio ultima ratio, al que es aconsejable solo acudir de modo oportunista a fin de dar apariencia de legitimidad social a unas contrariadas decisiones empresariales listas para su inmediata adopción por haber sido ya predeterminadas. A un nivel que no intenta ser más ambicioso sino, sencillamente, más adecuado, la autonomía negocial es el primer y preferente instrumento para el gobierno de un sistema de relaciones laborales acorde a los valores de igualdad y equidad. Por consiguiente, cualquier intento de desplazarla hacia zonas marginales o periféricas en nombre de la libertad de los individuos o, de manera más grosera, de la eficiencia de los mercados pone en peligro las bases político-sociales del sistema democrático e, incluso, el sistema mismo.
El libro que el lector tiene ahora en sus manos recoge, íntegramente las más de las veces o con carácter parcial las menos, buena parte de los estudios sobre esta institución, escritos y publicados a lo largo de los últimos quince años, en entornos políticos y económicos bien distintos. En realidad, esta obra prosigue a una anterior, editada en 1996 (Relaciones laborales, negociación colectiva y pluralismo social), y que igualmente recopila los ensayos sobre la contratación colectiva elaborados hasta entonces desde el comienzo del período constitucional. El título pretende sugerir, utilizando una fórmula de síntesis, una idea sencilla: tradición y renovación son los atributos que han venido distinguiendo a nuestro sistema negocial y que reflejan y traducen la firme voluntad del mismo de adaptar los objetivos que desde los momentos germinales ha procurado cumplir a los nuevos contextos y realidades surgidos por la emergencia de factores de muy diversa índole. O por formular la idea en otros términos: el cambio y la continuidad designan el itinerario por el que la autonomía negocial ha transitado y transita, siguiendo las estrategias elaboradas en cada circunstancia y momento concretos de manera convenida por los agentes sociales y económicos en un marco que, a pesar de las pulsiones dirigistas, no puede dejar de ser calificado como libre y autónomo.
Con motivo de la presentación de la anterior obra recopilatoria, manifestaba que los estudios ahí compilados cerraban un ciclo histórico en la historia más reciente de nuestra negociación colectiva, iniciada con la promulgación de la Constitución, proseguida con la aprobación del primer Estatuto de los Trabajadores y concluida con la modificación del texto estatutario por la Ley 11/1994. A fecha de hoy, no sería esa una aseveración que conviniera a esta segunda obra recopilatoria, que pone un punto y aparte y, en modo alguno, un nuevo capítulo o, lo que resultaría resueltamente inquietante, el epílogo a un sistema libre y autónomo de contratación colectiva. Pero tampoco sería, al menos la dibujada por la primera hipótesis, un escenario por completo descartable, dado el mar de fondo que, desde distintas instancias, se viene anunciando como posible o probable. En un plazo breve quedará despejado este interrogante.
Pero defina o no una nueva fase histórica en el devenir de nuestra autonomía negocial, esta obra sí clausura otra etapa, instalada ahora en un ámbito más personal. Hace más de treinta y cinco años que publiqué, con ocasión de la preparación del tercer ejercicio de las tradicionales oposiciones a Profesor Agregado de Universidad, el primero de mis estudios sobre negociación colectiva, dedicado en aquella ocasión a las comisiones paritarias, las cuales y por cierto han sido potenciadas e impulsadas por la última de las reformas del Título III del ET, la instrumentada por el RD-Ley 7/2011. Tan dilatado período de tiempo prácticamente coincide con mi trayectoria académica, instalada ya en una fase conclusiva. Será ésta pues y de seguro la segunda y última de las obras que refunda lo que, para mí, ya representa, al menos cualitativamente, la parte más relevante de mis esfuerzos e inquietudes investigadoras en el campo de las relaciones laborales y, probablemente y también, en el de la teoría del derecho.
Como colofón a estas sumarias líneas de presentación, no puedo, y tampoco quiero, dejar de reconocer algunas de las abundantes deudas de gratitud que esta obra tiene. Comenzando por la más inmediata y visible, su publicación se debe al generoso tesón e interés de ese insigne compañero iuslaboralista, José Luis Monereo Pérez, al que reitero aquí mi estima personal y mi máximo respeto profesional.
En otro terreno, en el intelectual, este libro, como le sucede a toda mi obra científica, más en general, es tributario de las enseñanzas de quienes considero mis maestros. De un lado, de quien aceptó sin reserva alguna la carga de ejercer como tal: Gaspar Bayón Chacón. De otro, de quienes, sin asumir una posición de magisterio, me han concedido la posibilidad de disfrutar de su magistral oficio universitario: Miguel Rodríguez-Piñero y Bravo-Ferrer y Luis Enrique de la Villa Gil. Finalmente, de quienes, a lo largo de más de treinta años, decidieron confiarme, en los momentos iniciales de su andadura en los escenarios universitarios, la dirección de su actividad científica y cuyo saldo terminó siempre del mismo modo: a través de una fecunda y recíproca relación de aprendizaje. Todas ellas 1 y todos ellos 2 tuvieron a bien transmitirme sus conocimientos, al tiempo que regalarme su inestimable amistad y afecto.
Por último y en un escenario ya más intimista, los estudios aquí reunidos no se hubieran gestado y materializado sin el sistemático y persistente hurto por mi parte de ese escaso bien del que todos disponemos y que no siempre queremos o sabemos administrar con sabiduría y altruismo: el de la dedicación y atención personales y el de la compañía cómplice o, en breve, el del tiempo compartido con las personas más próximas y queridas. El nombre de Berna colma la mayor parte de este tercer capítulo de deudas de gratitud por mí contraídas.
1ª edición,
septiembre 2014, autor(es): Angeles Barrio Alonso
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