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El complejo de Nürburgring, situado en el Estado Federado de Renania Palatinado (Alemania), comprende un circuito de carreras de automóviles, un parque temático, hoteles y restaurantes. Entre 2002 y 2012 las empresas públicas propietarias de Nürburgring recibieron medidas de apoyo, principalmente del Estado Federado, para construir dicho parque temático, los hoteles y los restaurantes, así como para organizar carreras de Fórmula 1 en el circuito.
Esas medidas de apoyo fueron objeto de un procedimiento de investigación formal por parte de la Comisión, iniciado en 2012. Ese mismo año, el Amtsgericht Bad Neuenahr-Ahrweiler (Tribunal de lo Civil y Penal de Bad Neuenahr-Ahrweiler, Alemania) declaró insolventes las empresas públicas propietarias del complejo y decidió proceder a la venta de sus activos. El 15 de mayo de 2013 se convocó una licitación para llevar a cabo dicha venta.
El 5 de abril de 2011, Ja zum Nürburgring eV, una asociación alemana de deporte automóvil cuyo objeto es el restablecimiento y la promoción del circuito de carreras de Nürburgring, presentó una primera queja ante la Comisión respecto de las ayudas concedidas por Alemania a dicho circuito. El 23 de diciembre de 2013, Ja zum Nürburgring eV presentó una segunda queja ante la Comisión, alegando que el procedimiento de licitación no era transparente y era discriminatorio. Según Ja zum Nürburgring eV, el adquirente que resultaría elegido recibiría nuevas ayudas y garantizaría la continuidad de las actividades económicas de los propietarios del complejo («vendedores»), de modo que la orden de devolver las ayudas percibidas por estos últimos ‑devolución que eventualmente podría decretar la Comisión tras finalizar el proceso de investigación formal- debería ampliarse al adquirente.
El 10 de abril de 2014, la sociedad NeXovation, con domicilio social en los Estados Unidos, presentó una queja ante la Comisión, aduciendo que el procedimiento de licitación no había sido ni abierto, ni transparente, ni incondicional, sino que era discriminatorio y no había llevado a la venta de los activos de Nürburgring a un precio de mercado, puesto que éstos habían sido cedidos a un licitador local, Capricorn Nürburgring Besitzgesellschaft GmbH («Capricorn»), que había presentado una oferta inferior a la suya y que había sido objeto de un trato de favor en el procedimiento de licitación.
El 1 de octubre de 2014 la Comisión adoptó la Decisión relativa a la ayuda estatal concedida por Alemania a Nürburgring. Mediante dicha Decisión, la Comisión declaró la ilegalidad y la incompatibilidad con el mercado interior de algunas de las medidas en apoyo de los vendedores. Asimismo decidió que Capricorn y sus filiales no resultarían afectadas en caso de que se ordenara a los vendedores devolver las ayudas y que la venta de los activos de Nürburgring a Capricorn no constituía una ayuda de Estado. La Comisión consideró que el procedimiento de licitación se había desarrollado de manera abierta, transparente y no discriminatoria, que se había fijado un precio de venta en condiciones de mercado, y que no había continuidad económica entre los vendedores y el adquirente.
NeXovation y Ja zum Nürburgring eV han presentado sendos recursos ante el Tribunal General contra la Decisión de la Comisión. Con ellos pretenden, en primer lugar, que se anule la Decisión en la medida en que dispone que el adquirente no resulta afectado por una eventual devolución de las ayudas de los vendedores, como corolario de la consideración de que no hay continuidad económica entre ambos. También desean que se anule la Decisión en la medida en que declara que la venta de los activos de Nürburgring a Capricorn no constituye una ayuda de Estado.
En sus sentencias dictadas hoy, el Tribunal General declara que los recursos deben ser desestimados por ser parcialmente inadmisibles y carentes de fundamento en cuanto al resto.
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